martes, 7 de diciembre de 2010

¿Qué es la Asamblea Ciudadana y cuál es su función?

La Asamblea Ciudadana es el instrumento de participación con el que los vecinos se reúnen para tratar asuntos relacionados con su colonia, emitir opiniones y evaluar los programas, las políticas y los servicios públicos de las autoridades.

La Asamblea Ciudadana debe aprobar o modificar el programa de trabajo de los Comités Ciudadanos y Consejo de los Pueblos, así como aprobar los diagnósticos y propuestas de desarrollo integral para la colonia.

Igualmente, decide sobre la aplicación de los recursos delegacionales en obras, servicios de equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito. Las resoluciones de la Asamblea Ciudadana tienen carácter obligatorio para los Comités y Consejos.

En cada colonia habrá una Asamblea Ciudadana, la cual se reunirá de manera ordinaria al menos cada tres meses, de manera rotativa en las distintas manzanas que compongan la colonia y a convocatoria del Comité Ciudadano. En el caso de los pueblos originarios, será convocada por el Consejo del Pueblo conjuntamente con la autoridad tradicional.

El jefe de Gobierno y los jefes delegacionales pueden reunirla de manera inmediata en caso de emergencias por desastre natural o inminente riesgo social, sin necesidad de convocatoria.

La Asamblea Ciudadana será pública, abierta y se integrará con los habitantes de la colonia, quienes sólo tendrán derecho a voz, y con los ciudadanos de la colonia que cuenten con credencial de elector actualizada, los que gozarán de derecho a voz y voto.

Los vecinos, incluso los niños y los jóvenes, tienen derecho a opinar, lo mismo que personas cuya actividad económica y social se desarrolle en la colonia en la que pretendan participar.

La convocatoria a la Asamblea Ciudadana deberá ser abierta, comunicarse por medio de avisos colocados en los lugares de mayor afluencia de la colonia y publicarse con al menos diez días de anticipación a la fecha de su realización.

Para supervisar y dar seguimiento a los acuerdos de la Asamblea Ciudadana, evaluar las actividades del Comité Ciudadano y emitir un informe anual sobre el funcionamiento de éstos, se formará la Comisión de Vigilancia, la cual estará integrada por cinco ciudadanos elegidos por la Asamblea Ciudadana y reconocidos por su honorabilidad, independencia, vocación de servicio y participación en labores comunitarias.

jueves, 2 de diciembre de 2010

Conoce los instrumentos de participación ciudadana

La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal establece instrumentos de participación para que los ciudadanos tomen parte activa en las decisiones públicas: el plebiscito, el referéndum, la iniciativa popular, la consulta ciudadana, la colaboración ciudadana, la rendición de cuentas, la red de contralorías ciudadanas, la audiencia pública, el recorrido del Jefe de Gobierno, las organizaciones ciudadanas y las asambleas ciudadanas.

El plebiscito sirve para que el jefe de Gobierno someta a consideración de los ciudadanos actos o decisiones trascendentes para la vida pública del Distrito Federal, antes de llevarlos a cabo. Pueden solicitar el plebiscito el 0.4 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el equivalente al 10 por ciento de los comités ciudadanos o al menos ocho de los consejos ciudadanos delegacionales.

Con el referéndum los ciudadanos podrán votar su aprobación o rechazo a la creación, modificación o derogación de leyes. Lo pueden solicitar a la Asamblea Legislativa uno o varios diputados, el 0.4 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el equivalente a 10 por ciento de los comités ciudadanos o al menos ocho de los consejos ciudadanos delegacionales.

Mediante la iniciativa popular la ciudadanía presenta a la Asamblea Legislativa proyectos de creación, modificación o derogación de leyes y decretos. Puede presentarla el 0.4 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el equivalente al 10 por ciento de los comités ciudadanos o al menos ocho de los consejos ciudadanos delegacionales.

Las autoridades gubernamentales, las asambleas ciudadanas, la autoridad tradicional en coordinación con el Consejo del Pueblo, los comités ciudadanos y los consejos ciudadanos delegacionales pueden someter a consulta temas de mucho impacto para el Distrito Federal, mediante preguntas directas a los ciudadanos o a través de foros y otros instrumentos.

La colaboración ciudadana es la forma en que los habitantes del Distrito Federal pueden trabajar con el Gobierno en la ejecución de una obra o en la prestación de un servicio público aportando recursos económicos, materiales o su trabajo personal.

La rendición de cuentas son informes que las autoridades del Distrito Federal rinden sobre su gestión a la ciudadanía.

Las autoridades locales del gobierno del Distrito Federal están obligadas a establecer un programa semestral de difusión pública para informar a los ciudadanos sobre los planes, programas, proyectos y acciones a su cargo.

La red de contralorías está formada por ciudadanos que vigilan, supervisan y garantizan la transparencia, eficacia y eficiencia del gasto público.

Por medio de las audiencias públicas, los ciudadanos, los comités ciudadanos, los consejos de los pueblos y los consejos ciudadanos podrán recibir información, presentar peticiones, propuestas o quejas y proponer acuerdos de manera directa al jefe de Gobierno, a los jefes delegacionales y a los titulares de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal.

Los recorridos del jefe delegacional son un instrumento de participación directa por el cual los habitantes de una colonia o pueblo podrán solicitar un recorrido al jefe delegacional, en donde los vecinos formularán opiniones, solicitudes y propuestas.

Sobre las Asambleas Ciudadanas hablaremos en otro texto.

lunes, 29 de noviembre de 2010

¿Qué son los órganos de representación ciudadana?

Los órganos de representación ciudadana son un instrumento de la democracia participativa con los que los habitantes de la ciudad expresan sus intereses y se relacionan entre sí y con el gobierno del Distrito Federal.

Los órganos de representación ciudadana son: los comités ciudadanos, los consejos de los pueblos, los representantes de manzana y los consejos ciudadanos delegacionales.

Para conocer el funcionamiento de los comités ciudadanos y consejos de los pueblos, te invitamos a leer el texto http://www.elecciondevecinosdf.org/2010/10/conoce-como-trabajaran-los-comites.html

El Consejo Ciudadano Delegacional se conforma en cada delegación con el coordinador interno de cada uno de los comités ciudadanos o consejos de los pueblos y con el representante legal de las organizaciones ciudadanas que tengan domicilio en la colonia y estén registradas.

Las organizaciones ciudadanas son personas morales sin fines de lucro que participarán en las reuniones de las asambleas ciudadanas a través de un representante con voz y voto.

Los consejos ciudadanos delegacionales se instalarán durante el mes de enero de 2011. La convocatoria para la instalación y la designación de los integrantes del Consejo Ciudadano Delegacional estará a cargo del Instituto Electoral del Distrito Federal.

Cada uno de los 16 consejos ciudadanos delegacionales recibirá de las autoridades las facilidades necesarias para el desempeño de sus funciones.

El funcionamiento y la operación del Consejo Ciudadano delegacional se regirán por la normatividad que sobre el funcionamiento y operación de los comités y consejos ciudadanos expida la Asamblea Legislativa.

¿Cuáles son las atribuciones del Pleno del Consejo Ciudadano Delegacional?

1. Emitir opinión sobre programas y políticas a aplicarse en el Distrito Federal y en la demarcación territorial correspondiente;

2. Informar a las autoridades del Distrito Federal y de la demarcación territorial que corresponda sobre los problemas que afecten a sus representados;

3. Proponer soluciones y medidas para mejorar la prestación de los servicios públicos y privados, así como sugerir nuevos servicios;

4. Informar a cada uno de los comités ciudadanos sobre sus actividades y el cumplimiento de sus acuerdos;

5. Conocer y opinar sobre los anteproyectos de presupuesto de egresos de las delegaciones;

6. Participar en las consultas públicas que establece la Ley;

7. Conocer y opinar sobre el Programa Operativo y el Programa Operativo Anual de la delegación correspondiente;

8. Conocer y opinar sobre los informes trimestrales que acerca del ejercicio de sus atribuciones les presente el jefe delegacional en los meses de marzo, junio, octubre y diciembre;

9. Solicitar información a las autoridades delegacionales para el mejor desempeño de sus atribuciones;

10. Solicitar la presencia de servidores públicos delegacionales;

11. Recibir, en los meses de marzo, junio, octubre y diciembre, la visita del jefe delegacional para que exponga su informe trimestral;

El cuarto órgano de representación ciudadana es el representante de manzana, que es el ciudadano que tiene la representación de los habitantes del área territorial mínima en que se divide una colonia.

La Ley estable que el Comité Ciudadano y el Consejo del Pueblo contarán con tres meses a partir de su conformación para convocar a asambleas ciudadanas por manzana, en las que los ciudadanos elegirán a un representante por cada una de las manzanas que integren la respectiva colonia. Esto quiere decir que, antes del primero de marzo de 2011, el Comité Ciudadano y el Consejo del Pueblo deberán haber realizado la asamblea correspondiente y tener su relación de los representantes de manzana de su colonia.

¿Qué hace el representante de manzana?

•Colabora con el Comité Ciudadano o el Consejo del Pueblo, para supervisar el desarrollo y ejecución de obras sociales y los servicios o actividades del gobierno en sus diferentes niveles;

• Emite su opinión sobre la orientación del presupuesto participativo;

• Canaliza las demandas de los vecinos al Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo.

Los representantes de manzana se reunirán al menos una vez por mes a convocatoria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo. En el caso de los consejos de los pueblos, la conformación de sus representantes de manzana se realizará junto con la autoridad tradicional.

jueves, 25 de noviembre de 2010

¿Cómo se asignará el presupuesto a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos?

El presupuesto participativo, según el artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del DF, es el monto anual de recursos que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal está obligada a prever en el Decreto de Presupuesto de Egresos para que los ciudadanos, a través de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, decidan sobre su aplicación.

Estos recursos presupuestales deberán corresponder como mínimo al 1 por ciento y como máximo al 3 por ciento del presupuesto anual de las delegaciones y se destinarán a obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y prevención del delito

El jefe de Gobierno y los jefes delegacionales deberán incluir en sus proyectos y anteproyectos anuales de presupuesto de egresos las propuestas de montos de recursos y rubros sobre cuya aplicación decidirán las asambleas ciudadanas.

La ley también señala que la Asamblea Legislativa, el jefe de Gobierno, los jefes delegacionales y los comités ciudadanos y consejos de los pueblos convocarán de manera coordinada a consultas públicas para:

a) Definir las acciones prioritarias de atención a las colonias (en los meses de junio a agosto de cada año);

b) Decidir la forma en que habrán de aplicarse los recursos aprobados por la Asamblea Legislativa para tal efecto (en los meses de enero y febrero de cada año).

De acuerdo a las reformas a la Ley de Participación Ciudadana aprobadas por la ALDF, cada uno de los mil 800 comités podrá ejercer entre 300 mil y 800 mil pesos anuales.

Evaluación para efectos de la asignación de los recursos

El IEDF hará evaluaciones anuales de desempeño de los comités ciudadanos cuyos resultados se remitirán a la Asamblea Legislativa para efectos de la asignación de los recursos.

Los resultados de dichas evaluaciones serán enviados en el mes de octubre de cada año a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, y de ésta a la Comisión de Participación Ciudadana, en un término de tres días hábiles, para efectos de la asignación de los recursos del Presupuesto Participativo.

miércoles, 24 de noviembre de 2010

¿Sabes qué es la democracia representativa?

La democracia como sistema de gobierno y como forma de convivencia social ha tenido históricamente diversos significados. Dos de estas concepciones son la democracia representativa y la participativa.

La democracia representativa tiene un papel muy importante pero limitado de la ciudadanía en el ejercicio del poder: los ciudadanos eligen a quienes habrán de ejercer el gobierno, pero una vez hecho esto, se desligan y alejan de los asuntos públicos y políticos hasta que llegue la nueva elección. En este modelo democrático el sistema funciona sin una intervención, interés o participación directa de los ciudadanos en los asuntos de gobierno.

Contrario a lo anterior, en la concepción participativa de la democracia, el ciudadano es mucho más que un elector, pues además de votar para elegir a sus gobernantes y representantes, participa directamente en la toma de decisiones públicas, así como en la elaboración, ejecución y evaluación de proyectos y acciones que inciden directamente en la calidad de vida de los habitantes.

Para tener una democracia de este tipo, la ciudadanía debe estar dispuesta a participar de acuerdo con ciertos principios. Igualmente, se requiere que entre las autoridades y los habitantes haya una comunicación fluida que promueva la participación.

Para lograr esto, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la cual reconoce a los ciudadanos una serie de instrumentos para la participación (plebiscito, referéndum, asamblea ciudadana, entre otros) así como formas organizadas de representación vecinal (comités ciudadanos, consejos de los pueblos, representantes de manzana y consejo ciudadano delegacional).

Las sociedades que han utilizado la participación ciudadana como una forma de resolver los problemasque las aquejan han logrado grandes beneficios, ya que la comprensión y el conocimiento directo de las problemáticas cotidianas aunados a la necesidad de resolverlas, facilitan el consenso y el acuerdo para desarrollar acciones encaminadas a darles solución.