Los órganos de representación ciudadana son un instrumento de la democracia participativa con los que los habitantes de la ciudad expresan sus intereses y se relacionan entre sí y con el gobierno del Distrito Federal.
Los órganos de representación ciudadana son: los comités ciudadanos, los consejos de los pueblos, los representantes de manzana y los consejos ciudadanos delegacionales.
Para conocer el funcionamiento de los comités ciudadanos y consejos de los pueblos, te invitamos a leer el texto http://www.elecciondevecinosdf.org/2010/10/conoce-como-trabajaran-los-comites.html
El Consejo Ciudadano Delegacional se conforma en cada delegación con el coordinador interno de cada uno de los comités ciudadanos o consejos de los pueblos y con el representante legal de las organizaciones ciudadanas que tengan domicilio en la colonia y estén registradas.
Las organizaciones ciudadanas son personas morales sin fines de lucro que participarán en las reuniones de las asambleas ciudadanas a través de un representante con voz y voto.
Los consejos ciudadanos delegacionales se instalarán durante el mes de enero de 2011. La convocatoria para la instalación y la designación de los integrantes del Consejo Ciudadano Delegacional estará a cargo del Instituto Electoral del Distrito Federal.
Cada uno de los 16 consejos ciudadanos delegacionales recibirá de las autoridades las facilidades necesarias para el desempeño de sus funciones.
El funcionamiento y la operación del Consejo Ciudadano delegacional se regirán por la normatividad que sobre el funcionamiento y operación de los comités y consejos ciudadanos expida la Asamblea Legislativa.
¿Cuáles son las atribuciones del Pleno del Consejo Ciudadano Delegacional?
1. Emitir opinión sobre programas y políticas a aplicarse en el Distrito Federal y en la demarcación territorial correspondiente;
2. Informar a las autoridades del Distrito Federal y de la demarcación territorial que corresponda sobre los problemas que afecten a sus representados;
3. Proponer soluciones y medidas para mejorar la prestación de los servicios públicos y privados, así como sugerir nuevos servicios;
4. Informar a cada uno de los comités ciudadanos sobre sus actividades y el cumplimiento de sus acuerdos;
5. Conocer y opinar sobre los anteproyectos de presupuesto de egresos de las delegaciones;
6. Participar en las consultas públicas que establece la Ley;
7. Conocer y opinar sobre el Programa Operativo y el Programa Operativo Anual de la delegación correspondiente;
8. Conocer y opinar sobre los informes trimestrales que acerca del ejercicio de sus atribuciones les presente el jefe delegacional en los meses de marzo, junio, octubre y diciembre;
9. Solicitar información a las autoridades delegacionales para el mejor desempeño de sus atribuciones;
10. Solicitar la presencia de servidores públicos delegacionales;
11. Recibir, en los meses de marzo, junio, octubre y diciembre, la visita del jefe delegacional para que exponga su informe trimestral;
El cuarto órgano de representación ciudadana es el representante de manzana, que es el ciudadano que tiene la representación de los habitantes del área territorial mínima en que se divide una colonia.
La Ley estable que el Comité Ciudadano y el Consejo del Pueblo contarán con tres meses a partir de su conformación para convocar a asambleas ciudadanas por manzana, en las que los ciudadanos elegirán a un representante por cada una de las manzanas que integren la respectiva colonia. Esto quiere decir que, antes del primero de marzo de 2011, el Comité Ciudadano y el Consejo del Pueblo deberán haber realizado la asamblea correspondiente y tener su relación de los representantes de manzana de su colonia.
¿Qué hace el representante de manzana?
•Colabora con el Comité Ciudadano o el Consejo del Pueblo, para supervisar el desarrollo y ejecución de obras sociales y los servicios o actividades del gobierno en sus diferentes niveles;
• Emite su opinión sobre la orientación del presupuesto participativo;
• Canaliza las demandas de los vecinos al Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo.
Los representantes de manzana se reunirán al menos una vez por mes a convocatoria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo. En el caso de los consejos de los pueblos, la conformación de sus representantes de manzana se realizará junto con la autoridad tradicional.